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PRINCIPALES MEJORAS PARA LOS AUTÓNOMOS PREVISTAS EN LA NUEVA LEY DEL TRABAJO AUTÓNOMO

PRINCIPALES MEJORAS PARA LOS AUTÓNOMOS PREVISTAS EN LA NUEVA LEY DEL TRABAJO AUTÓNOMO

Se amplía de seis meses a un año la cotización de 50 euros a la Seguridad Social para los nuevos negocios. Se podrá retomar dos años después de haber interrumpido la actividad. Hasta ahora, el autónomo tenía que esperar cinco años después de cerrar para volver a tener esta ventaja.

Más bonificaciones para jóvenes y mujeres. Los menores de 30 años y las mujeres de hasta 35 años podrán encadenar hasta tres años de bonificaciones de cotizaciones a la Seguridad Social, en función de la evolución y situación del negocio.

Las bonificaciones serán compatibles con la contratación de asalariados. El emprendedor mantendrá la ayuda en las cotizaciones y la tarifa plana aunque contrate a trabajadores por cuenta ajena. Hasta ahora perdía estas ventajas si tenía un asalariado, lo que es una contradicción con la necesidad de crear empleo, y reducir el paro, que tiene España. Si los contratos son indefinidos, la bonificación es del 100% de la cotización social.

Bonificación de cotizaciones para contratar a familiares de forma indefinida. Los autónomos que contraten a sus familiares como asalariados de forma indefinida tendrán derecho a una bonificación total de las cotizaciones a la Seguridad Social. La ayuda será posible al contratar a los padres, a los hermanos, el cónyuge, los hijos, los yernos y las nueras. Para ello, será necesario que en los doce meses anteriores de contratar al familiar no haya despedido a nadie de forma improcedente o por una regulación de empleo irregular. Además, tras contratar al familiar debe mantener el nivel de empleo en la empresa durante los seis meses posteriores, a no ser que haya despidos disciplinarios o por causas objetivas.

Rebaja de cotizaciones sociales para favorecer la maternidad. Las mujeres que se reincorporen a su trabajo tras la maternidad pagarán 50 euros mensuales -la tarifa plana- a la Seguridad Social, durante un año.

Compatibilidad entre el salario y la pensión. Los autónomos que continúen trabajando después de cumplir la edad de jubilación, y tengan empleados, podrán hacer compatible su salario con la totalidad de la pensión. El Gobierno extiende así a los autónomos con trabajadores la reforma prevista para los asalariados en el acuerdo del Pacto de Toledo. Ahora, sólo es compatible la mitad del salario con la mitad de la pensión. Es decir, la jubilación a tiempo parcial.

Mayor flexibilidad para darse de alta y de baja en la Seguridad Social. Los autónomos podrán darse de alta y de baja en la Seguridad Social hasta en tres ocasiones en un año con el derecho de empezar a pagar a partir del mismos día del mes que hacen el trámite administrativo. Es decir que si se dan de alta el día 14 ya no tendrán que pagar el mes entero. Lo mismo ocurrirá con la baja.

Más facilidades para el cambio de la base de cotización. Los empresarios/trabajadores podrán cambiar su base de cotización a la Seguridad Social hasta en cuatro ocasiones al año. Se trata de facilitar que los pagos a la Seguridad Social puedan adaptarse mejor a la evolución del negocio.

La base de cotización de los propietarios y directivos se desvincula del Salario Mínimo Interprofesional. Con esta medida se pretende romper el automatismo de la subida de las bases de cotización de estos autónomos en relación con el Salario Mínimo Interprofesional. Por ejemplo, este año ha subido un 8%. Por lo tanto, una medida de alcance social puede convertirse en la fuerte subida de un impuesto anual para estos autónomos. El Gobierno decidirá las bases de cotización de este tipo de autónomos en los Presupuestos Generales del Estado y previa consulta con las organizaciones del sector.

Se reducen los recargos de la Seguridad Social por deudas durante el primer mes de retraso. El Gobierno rebajará del 20% al 10% el recargo de la deuda por cotizaciones sociales durante el primer mes.

Protección para el accidente ‘in itinere’. Se instaura la protección de la Seguridad Social para el autónomo que tenga un accidente in itinere, y esté cotizando por riesgos profesionales. Es decir, cuando tenga un accidente en el camino de casa al trabajo y viceversa, por cualquier medio de transporte.

Deducciones fiscales para el autónomo que trabaja en su casa. En estos casos, la deducción será de un 20% de los gastos de agua, luz, electricidad y teléfono. Esta es una propuesta que tiene en cuenta el paulatino avance de los medios electrónicos en el mundo laboral.

Deducción de 12 euros por la comida en jornada laboral. Los autónomos podrán deducirse 12 euros diarios de gastos de manutención, cuando se vean obligados a comer fuera de casa por motivos de trabajo. Eso sí, siempre que hagan el pago por medios electrónicos o vales de comida, con los que se pueda comprobar el importe, el día y el lugar. También tendrán que ser consumiciones hechas en días laborables y en restaurantes y cafeterías.

Facilidades para el reintegro al autónomo por exceso de cotización. La Seguridad Social devolverá de oficio al trabajador el exceso de cotización que haya podido hacer por contribuir con dos empleos: el suyo propio de autónomo, y como asalariado. La medida pretende reducir la carga burocrática a los autónomos. Hasta ahora, son ellos los que se ven obligados a solicitar a la Seguridad Social la devolución del exceso de pagos y a demostrar que eso es así.

Favorecer la participación institucional de los autónomos. A partir de la entrada en vigor de la ley, el Gobierno tiene un año para favorecer la participación de las organizaciones de autónomos en el Consejo Económico Social. Esta es una de las viejas reivindicaciones de asociaciones del colectivo, como ATA y UPTA. En dicha institución ya están representados la patronal CEOE, los sindicatos CCOO y UGT, las cooperativas, las organizaciones agrícolas y de pescadores, entre otras.

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